El pago de facturas por parte de una autoridad local se rige por el Ley de pronto pago de cuentas, 1997 modificado por el Comunidades Europeas (Morosidad en Transacciones Comerciales) (SI N° 580 de 2012)
Los Reglamentos, que se aplican por igual a los sectores público y privado, otorgan un derecho automático a intereses y compensación si el pago de transacciones comerciales se retrasa, a menos que exista una razón válida para el retraso en el pago.
La legislación de pronto pago establece que estamos obligados a presentar estas declaraciones al Departamento de Vivienda, Gobierno Local y Patrimonio después de cada trimestre y publicarlas aquí en nuestro sitio web.