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Regulaciones de Vapor de Petróleo

Si usted es propietario/operador de una gasolinera, está obligado a garantizar que su instalación esté diseñada y operada de conformidad con el Tercer Anexo de Ley de contaminación del aire de 1987 – Reglamento sobre emisiones de vapores de petróleo y del Reglamento de la Unión Europea (Fase II de recuperación de vapores de gasolina durante el repostaje de vehículos a motor en estaciones de servicio) de 2011.

El objetivo de esta normativa es reducir las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) a la atmósfera procedentes de las actividades de repostaje de vehículos en las estaciones de servicio, con el fin de reducir el impacto adverso de los COV en la salud humana y el medio ambiente.

La gasolina contiene VOC, sustancias químicas a base de carbono que se evaporan fácilmente a la atmósfera. Una vez emitidos al aire, los COV se asocian con varios problemas ambientales y de salud.

  • Formación de ozono a nivel del suelo y smog fotoquímico.
  • Mala calidad del aire local (benceno en el aire)
  • Calentamiento atmosférico y cambio climático.

Según esta normativa, todas las estaciones de servicio deben tener instalado un sistema de recuperación de vapores de gasolina de fase 1.

El Reglamento también establece que las nuevas estaciones de servicio que cumplan cualquiera de los dos criterios siguientes deberán estar equipadas con sistemas de recuperación de vapores de gasolina (PVRII) de fase II para recuperar compuestos orgánicos volátiles (COV) durante el repostaje de vehículos:

  • rendimiento >100m3 (o 100,000 litros) y situado debajo de viviendas o locales de trabajo
  • Rendimiento >500m3 (o 500,000 litros)

El Reglamento también establece que las estaciones de servicio existentes deben instalar sistemas PVRII cuando realicen su próxima remodelación importante después del 1 de enero de 2012 si cumplen cualquiera de los dos criterios siguientes:

  • rendimiento >100m3 (o 100,000 litros) y situado debajo de viviendas o locales de trabajo
  • Rendimiento >500m3 (o 500,000 litros)

Además, la Directiva exige que las estaciones de servicio con un rendimiento >3,000m3 (o 3,000,000 de litros) deberán instalar tecnología PVRII a más tardar el 31 de diciembre de 2018 (o antes si se someten a una reforma importante antes de esa fecha).

Para cumplir con los requisitos de las regulaciones, el propietario/operador de una estación de servicio está obligado a nombrar un evaluador aprobado que llevará a cabo pruebas en su estación de servicio y presentará un informe y una tarifa a la ciudad y al condado de Waterford. Si el Consejo está satisfecho con el informe emitirá un certificado de cumplimiento del acto anterior. Los certificados de cumplimiento tienen una duración máxima de tres años y deben renovarse al vencimiento. Se deberá conservar una copia de los certificados de cumplimiento a disposición para su inspección en la estación de servicio correspondiente.

Los evaluadores aprobados para este propósito en Waterford son:

  • Ingenieros consultores de Keohane, Stoneview, Blarney, Co Cork.
  • Micheal O'Kane & Associates, Glansha Beg, 27a Gilford Parek, Sandymount, Dublín 4.
  • JA Gorman, ingenieros consultores, Unidad 1, Bloque B, Forest Park, Mullingar, Co Westmeath.
  • Servicios de explanada Irl, Inniskeen, Dundalk, Co. Louth.
  • Permark Pumps Ltd, Dundalk Road, Carrickmacross, Co. Monaghan.
  • Conor Daly, Petrocourt, Gurteen, Ballina, Condado de Mayo.
  • Brian McGloughlin, Salud, Seguridad y Cumplimiento contra Incendios, 23 Strand Street, Skerries, Co. Dublin.