Ir al contenido

Régimen de alojamiento de alquiler (RAS)

El Plan de alojamiento en alquiler (RAS) es para personas que reciben un suplemento de alquiler y que tienen una necesidad de vivienda a largo plazo que no puede financiarse con sus ingresos.

Preguntas frecuentes sobre el plan de alojamiento de alquiler (RAS)


Si recibe un suplemento de alquiler durante un período prolongado y necesita una vivienda a largo plazo, puede ser elegible para el Plan de alojamiento en alquiler (RAS).

Usted calificará para el plan si ha estado recibiendo el Suplemento de alquiler durante un mínimo de 18 meses y la autoridad local ha evaluado que tiene una necesidad de vivienda a largo plazo. RAS no se aplica a los solicitantes de asilo o los no nacionales que no tienen permiso para permanecer en Irlanda de forma permanente.

RAS le dará seguridad de vivienda a largo plazo. RAS también se asegurará de que la calidad y el estándar de su alojamiento privado alquilado sean adecuados. A diferencia del suplemento de alquiler, puede aceptar un empleo cuando está en RAS. Si consigue un trabajo, puede permanecer en el plan, pero su alquiler se volverá a evaluar en función de sus nuevos ingresos.

Usted calificará para el plan si ha estado recibiendo el Suplemento de alquiler durante un mínimo de 18 meses y la autoridad local ha evaluado que tiene una necesidad de vivienda a largo plazo. RAS no se aplica a los solicitantes de asilo o los no nacionales que no tienen permiso para permanecer en Irlanda de forma permanente.

Si el alojamiento en el que vive cumple con los estándares para casas de alquiler y su arrendador está dispuesto a participar en RAS, podrá permanecer en su alojamiento actual. Su alojamiento actual debe ser apropiado para sus necesidades de vivienda, por ejemplo, número de habitaciones. Si su alojamiento no cumple con los estándares y/o su arrendador no está dispuesto a participar en el plan, se le recomendará que busque un alojamiento alternativo.

Si su alojamiento no es apropiado para sus necesidades de vivienda, también se le recomendará que busque un alojamiento alternativo y apropiado. Los arrendamientos financiados por el Plan de alojamiento en alquiler se rigen por La Ley de Arrendamientos Residenciales, 2004.

Los arrendamientos financiados por el Plan de alojamiento en alquiler se rigen por La Ley de Arrendamientos Residenciales, 2004.

Para obtener más información sobre el Plan de alojamiento de alquiler, comuníquese con nuestra Unidad de alojamiento de alquiler al 058-22007.