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Desarrollos Exentos

Todo desarrollo de terreno o propiedad requiere Permiso de Planificación, a menos que esté clasificado como exento.

Desarrollo exento Es un desarrollo para el cual no se requiere permiso de construcción.

Las categorías de desarrollo exento se establecen en el Reglamento de Planificación y Desarrollo 2001-2010.

Suelen referirse a novedades de carácter menor, como pequeñas ampliaciones de viviendas, muros de jardines, etc. Es su responsabilidad garantizar que cualquier desarrollo existente o planificado esté dentro de los umbrales de exención (tamaño, altura, etc.). Si el desarrollo particular excede los umbrales enumerados, el desarrollo requiere permiso de planificación.

Preguntas frecuentes sobre desarrollos exentos


Las ampliaciones domésticas a pequeña escala, incluidos los conservatorios, no requieren permiso de planificación si la ampliación se encuentra en la parte trasera de la casa y cumple con los siguientes criterios:

  • La superficie original de la casa no se incrementa en más de 40 metros cuadrados. Es importante tener en cuenta que cuando la casa se ha ampliado anteriormente, la superficie de la ampliación que ahora propone y la superficie de cualquier ampliación anterior, incluidas aquellas para las que obtuvo el permiso de planificación, no puede exceder los 40 metros cuadrados.
  • En el caso de viviendas adosadas o adosadas, la superficie construida de cualquier ampliación sobre rasante no supera los 12 metros cuadrados (incluye las anteriores ampliaciones realizadas)
  • Para viviendas unifamiliares la superficie construida de cualquier ampliación sobre rasante no supera los 20 metros cuadrados (esto incluye las ampliaciones anteriores realizadas)
  • En el caso de viviendas unifamiliares, la superficie construida de cualquier ampliación sobre rasante no supere los 20 metros cuadrados (incluye las anteriores ampliaciones realizadas)
  • La extensión sobre el nivel de la planta baja es de al menos 2 m de cualquier límite de partido
  • La extensión no supera la altura de la casa.
  • La ampliación no reduce la superficie de espacio libre privado, reservada para los ocupantes de la casa, a menos de 25 metros cuadrados.

También hay reglas sobre la altura permitida en dicha extensión. Estos son que:

  • Cuando la pared trasera de la casa no incluya un frontón, la altura de las paredes de la extensión no debe exceder la altura de la pared trasera de la casa.
  • Cuando la pared trasera de la casa existente tenga un frontón, las paredes de la extensión (excluyendo cualquier frontón que se construya como parte de la extensión) no deberán ser más altas que las paredes laterales de la casa.
  • En el caso de una ampliación cubierta plana, la altura de la parte más alta del techo no podrá exceder la altura del alero o parapeto. En cualquier otro caso, ninguna parte del techo nuevo podrá sobrepasar la parte más alta del techo de la casa.
  • Un hastial es la parte superior de una pared (normalmente triangular), entre los extremos inclinados de un techo inclinado

Finalmente, también hay reglas sobre las distancias requeridas entre ventanas en extensiones, el límite de fachada de la propiedad contigua y el uso del techo de la extensión. Estos son:

  • Cualquier ventana propuesta en el nivel de la planta baja como parte de una extensión no debe estar a menos de 1 metro del límite al que mira.
  • Cualquier ventana propuesta sobre el nivel del suelo debe estar a no menos de 11 metros del límite al que se enfrentan.
  • El techo de cualquier extensión de este tipo no debe usarse como balcón o jardín en la azotea.

 

Si bien no es un requisito legal, previo pago de la cantidad prescrita cuota (80 €), cualquier persona puede solicitar por escrito a la Autoridad Urbanística una declaración sobre lo que en cada caso particular es o no promoción exenta en el sentido de la Ley. La persona deberá proporcionar a la Autoridad de Planificación cualquier información necesaria para que la Autoridad tome una decisión al respecto.

La conversión para uso como parte de una casa (por ejemplo, como sala de estar o dormitorio) de un garaje, tienda, cobertizo, etc. adjunto a la parte trasera o lateral de una casa normalmente está exento de desarrollo, sujeto al límite de 40 metros cuadrados y al cumplimiento con las condiciones establecidas en "¿Puedo construir una ampliación de mi casa sin permiso de obras?" Preguntas frecuentes inmediatamente arriba.

Tenga en cuenta que si el límite de exención de 40 metros cuadrados se supera por el espacio de suelo acumulativo de cualquier conversión propuesta y/o ampliación de la casa, se requiere un permiso de planificación.

La conversión de un ático no está exenta de desarrollo y por lo tanto requiere permiso de obras. Se pueden realizar reformas interiores a una vivienda pero no se puede cambiar el uso de 'almacén' a uso 'habitable' sin licencia urbanística.

Si está pensando en presentar una solicitud de permiso para el cambio de uso de un ático a uso habitable, debe asegurarse de que su desarrollo propuesto cumpla con las Normas de construcción (con especial atención a la altura adecuada del piso al techo) y también debe tener en cuenta la posibilidad de pasar por alto las propiedades contiguas.

Una antena de radio o televisión en su techo está exenta siempre que no supere los 6 metros de altura sobre el techo.

Una antena parabólica de hasta 1 metro de ancho y por debajo de la parte superior del techo está exenta de desarrollo solo en la parte trasera o lateral de la casa. Solo se puede erigir un plato en una casa. Un plato al frente necesita permiso.

Se puede construir un porche sin licencia urbanística, siempre que no supere los 2 metros cuadrados de superficie y se encuentre a más de 2 metros de cualquier vía pública o camino peatonal. Cuando el porche tenga cubierta inclinada de teja o pizarra, ésta no deberá superar los 4 metros de altura, ni los 3 metros para cualquier otro tipo de cubierta.

Un porche delantero dentro de estos límites es el único tipo de desarrollo que se permite que se extienda más allá de la pared frontal del edificio (la línea del edificio) y sigue estando exento.

Puede realizar cualquier reforma interior que desee siempre que no altere el uso doméstico de la vivienda. Debe asegurarse de que su desarrollo propuesto cumpla con las normas de construcción pertinentes.

Las obras exteriores de reparación, mantenimiento y mejora, como pintura o revoque, no necesitan permiso de planificación siempre que no afecten materialmente a la apariencia exterior, haciendo que esta sea incompatible con la de los edificios vecinos. Es posible que necesite aprobación para determinadas modificaciones externas (por ejemplo, una nueva conexión a una alcantarilla). Esta exención no se aplica a estructuras protegidas, ni a la subdivisión de una casa en pisos o apartamentos para abuelas. Se debe obtener un permiso de planificación para tales obras.

Puede construir un garaje, cobertizo, toldo, sombra, invernadero, tienda u otra estructura/objeto similar sin necesidad de permiso de obras, siempre que cumpla con los siguientes criterios:

  • Ninguna estructura de este tipo se construirá, erigirá o colocará delante de la pared frontal de una casa
  • El área total de tales estructuras construidas, erigidas o colocadas dentro del cuartel de una casa no excederá, junto con cualquier otra estructura construida, erigida o colocada previamente dentro de dicho cuartil, de 25 metros cuadrados.
  • La construcción, erección o colocación dentro de los límites de una casa de cualquier estructura de este tipo no reducirá la cantidad de espacio abierto privado reservado exclusivamente para el uso de los ocupantes de la casa en la parte trasera o lateral de la casa a menos de 25 metros cuadrados.
  • Los acabados externos de cualquier garaje u otra estructura construida, erigida o colocada al costado de una casa, y la cubierta del techo donde dicha estructura tenga un techo de teja o pizarra, deberán ser conformes con los de la casa.
  • La altura de cualquier estructura de este tipo no excederá, en el caso de un edificio con cubierta inclinada de teja o pizarra, 4 metros o, en cualquier otro caso, 3 metros.
  • La estructura no debe ser habitada ni utilizada para la cría de cerdos, aves de corral, palomas, ponis o caballos, ni para ningún otro propósito que no sea un propósito incidental al disfrute de la casa como tal.

Sí, puede construir una chimenea, conducto de humos, sala de calderas o tanque o estructura de almacenamiento de combustible como parte de un sistema de calefacción central de una casa sin permiso de planificación. El único requisito es que el depósito de almacenamiento de aceite no supere los 3,500 litros.

El estacionamiento o almacenamiento de una caravana, autocaravana o barco dentro de los límites de una casa está exento de permiso de obras, sujeto al cumplimiento de los siguientes criterios:

  • No más de una caravana, furgoneta camper o barco se mantendrá o almacenará de esta manera.
  • La caravana, autocaravana o barco no se utilizará para el almacenamiento, la exhibición, la publicidad o la venta de bienes ni para fines comerciales.
  • Ninguna caravana, furgoneta camper o barco se mantendrá o almacenará durante más de 9 meses en cualquier año ni se ocupará como vivienda mientras se mantenga o almacene.

Se pueden erigir muros tapados de ladrillo, piedra o bloque con acabado decorativo, rejas y cercas de madera, siempre que no superen los 1.2 metros de altura al frente de su casa o 2 metros al costado o al fondo. Si el muro es de bloque simple o de hormigón en masa, deberá enfoscarse o revocarse en la cara visible desde cualquier vía, camino o lugar público. Las empalizadas de metal o las vallas de seguridad son no exento de permiso.

Podrán construirse o sustituirse portones y pasarelas siempre que no superen los 2 metros de altura. Por lo general, necesitará un permiso de obras si desea hacer un acceso nuevo o más amplio a la vía pública.

Los caminos, estanques y patios dentro de los límites de una casa están exentos de permiso de planificación sujeto a que el nivel del suelo no se altere en más de 1 metro por encima o por debajo del nivel del suelo contiguo.

Las superficies duras que son accesorias al disfrute de la casa en el jardín trasero están exentas de licencia de obras. La disposición de superficies duras en las zonas ajardinadas delanteras y laterales para fines relacionados con el disfrute de la casa están exentas de la licencia de obra, siempre que se cumplan los siguientes criterios:

  • Siempre que el área de la superficie dura sea inferior a 25 metros cuadrados o menos del 50 % del área del jardín al frente de la línea de construcción frontal de la casa, o el 50 % del área del jardín al costado del costado línea de edificación de la casa, según sea el caso, la que sea menor

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  • Si el área de la superficie dura es de 25 metros cuadrados o más o comprende más del 50 % del área del jardín al frente de la línea de construcción frontal de la casa, o el 50 % del área del jardín al costado del costado línea de construcción de la casa, según sea el caso, se construirá utilizando materiales permeables o de otra manera permitir que el agua de lluvia penetre en el suelo.

Se puede montar o colocar un aerogenerador dentro de los límites de una vivienda siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • La turbina no está erigida ni unida a la casa ni a ningún edificio u otra estructura dentro de su perímetro.
  • La altura total de la turbina no supera los 13 metros
  • El diámetro del rotor no supera los 6 metros.
  • La distancia mínima entre la punta inferior del rotor y el nivel del suelo no es inferior a 3 metros.
  • La torre de soporte deberá estar a una distancia no menor de la altura total de la estructura (incluyendo el álabe de la turbina en el punto más alto de su arco) más un metro desde cualquier límite de parte.
  • Los niveles de ruido no deben exceder los 43 db(A) durante el funcionamiento normal o los 5 db(A) por encima del ruido de fondo, el que sea mayor, medido desde la vivienda vecina más cercana.
  • No se debe erigir más de una turbina dentro de los límites de una casa.
  • Ninguna estructura de este tipo se erigirá o colocará delante de la pared frontal de una casa.
  • Todos los componentes de la turbina tendrán un acabado mate no reflectante y el álabe estará hecho de un material que no desvíe las señales de telecomunicaciones.
  • Ningún letrero, anuncio u objeto que no sea necesario para el funcionamiento o la seguridad de la turbina se colocará o exhibirá en la turbina eólica.

La instalación o erección de un panel solar en o dentro de los límites de una casa, o en cualquier edificio dentro de los límites de una casa, está exento sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones:

  • El área de apertura total de cualquier panel de este tipo, junto con cualquier otro panel colocado previamente sobre o dentro del marco de una casa, no deberá exceder los 12 metros cuadrados o el 50 % del área total del techo, lo que sea menor.
  • La distancia entre el plano del muro o cubierta a dos aguas y el panel no deberá exceder de 15 centímetros.
  • La distancia entre el plano de un techo plano y el panel no debe exceder los 50 centímetros
  • El panel solar debe estar a un mínimo de 50 cm de cualquier borde de la pared o techo en el que esté montado.
  • La altura de un panel solar independiente no debe exceder los 2 metros, en su punto más alto, sobre el nivel del suelo.
  • No se debe colocar un panel solar independiente sobre o delante de la pared frontal de una casa.
  • La construcción de cualquier panel solar independiente no reducirá el área de espacio abierto privado, reservado exclusivamente para el uso de los ocupantes de la casa, en la parte trasera o lateral de la casa a menos de 25 metros cuadrados.

La instalación en o dentro de la fachada de una casa, de un sistema de bomba de calor de suelo o una bomba de calor de fuente de aire, está exenta sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:

  • El nivel del suelo no se alterará en más de 1 metro por encima o por debajo del nivel del suelo contiguo.
  • El área total de una bomba de calor de este tipo, junto con cualquier otra bomba de este tipo instalada previamente, no debe exceder los 2.5 metros cuadrados.
  • La bomba de calor debe estar a un mínimo de 50 cm de cualquier borde de la pared del techo en el que esté montada.
  • No se debe erigir ninguna estructura de este tipo sobre la pared frontal o el techo de la casa ni delante de ellos.
  • Los niveles de ruido no deben exceder los 43 db(A) durante el funcionamiento normal, o los 5 db(A) por encima del ruido de fondo, el que sea mayor, medido desde la vivienda vecina más cercana.

En 2008, exenciones de planificación se introdujeron para la construcción de determinadas tecnologías de energía renovable en locales comerciales, edificios industriales y explotaciones agrícolas. Estos incluyen estructuras para albergar un sistema combinado de calor y energía, turbinas eólicas, paneles solares, sistemas de calor de fuente terrestre o bombas de calor de fuente de aire, etc., sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones.

Sí, un 'cambio de uso' puede estar exento de urbanización y por tanto no requerir licencia urbanística. A continuación se detallan los cambios de uso que están exentos:

  • De uso para venta de comida caliente para consumo fuera del local, o para venta o arrendamiento o exhibición para venta o arrendamiento de vehículos automotores, para uso como tienda
  • De uso como taberna, a uso como tienda
  • Del uso para la dirección de funerales, como tanatorio, como sala de juegos o restaurante, al uso como tienda
  • Del uso al que se aplica la clase 2 de la Parte 4 de este Anexo, para uso como tienda
  • Del uso como 2 o más viviendas, al uso como vivienda individual, de cualquier estructura utilizada anteriormente como vivienda individual
  • Del uso como vivienda, al uso como residencia de personas con enfermedad intelectual, mental, o discapacidad física y las personas que las cuiden. El número de personas con una discapacidad intelectual o física o una enfermedad mental que vivan en dicha residencia no excederá de 6 y el número de cuidadores residentes no excederá de 2.

Folletos

Si no está seguro de si su desarrollo propuesto requiere un permiso de planificación, comuníquese con el Departamento de Planificación para obtener más información.

Los siguientes folletos, que están disponibles en todas las oficinas de Planificación y en la Oficina del Regulador de Planificación, brindan detalles de la principales exenciones.

Póngase en contacto con el departamento de planificación


Departamento de Planificación (Waterford)
Departamento de Planificación, primer piso, edificio Menapia, The Mall, Waterford, X1 PK91.
Latitud: 52.25943514899872,
Longitud: -7.106970001991272
De lunes a viernes, de 9:30 a 1:00 y de 2:00 a 4:00.
Aparcamiento de la calle Bolton
Departamento de Planificación (Dungarvan)
Departamento, primer piso, oficinas cívicas, Davitt's Quay, Dungarvan, Co. Waterford